Responsabilidad Civil Obligatoria.

Cobertura Obligatoria por ley y limitada. Cubre daños producidos a terceros.

 
 Responsabilidad Civil Obligatoria es la mínima cobertura que una persona DEBE contratar para su moto, ciclomotor o quad. Todo vehículo que circule en España tiene que poseer por Ley esta cobertura.
 
La aseguradora se responsabiliza por los daños producidos a Terceros. Ya sean Daños Materiales (otra moto, automóvil, un escaparate, etc) o Daños Físicos a las personas (atropellar a un peatón). Para que en el caso de un siniestro no se tope con un insolvente que no pueda hacerse cargo de pagar los daños ocasionados.
 
Esta es una cobertura que asegura tanto al propietario del Vehículo, como también al conductor o sea que cualquier persona que maneje la moto estará cubierta ya sea el dueño o no de la misma..
 
 Limites de la cobertura.
 
Esta cobertura tiene limites impuestos por ley.
 
 -Frente a daños Corporales: 349.550 euros por víctima
 
-Frente a daños en los bienes: 99.871 euros por siniestro.
 
Si los gastos de un accidente superan los parámetros establecidos, y el usuario no posee otras coberturas, deberá pagar la diferencia.
 
Las multas por no poseer seguro de moto pueden ir de los de 600 euros a los 3000 euros.
 
Los siniestros ocurridos cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o en caso de que el vehículo sea robado quedan excluidos del seguro.
 
Responsabilidad Civil Obligatoria al ser un seguro a terceros, no cubre ningún daño del usuario, ya sea su moto o daño corporal. Tampoco cubre a su esposa/o, hijos o parientes.
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