Tipos de Seguro
El bien asegurado
En general se pueden asegurar todas las cosas corporales (coches, motos, viviendas, negocios, etc...) e incorporales (perjuicios económicos, paralización de actividad, etc..), además se puede asegurar la vida y el patrimonio. Para que la cosa sea susceptible de ser asegurada debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe tratarse de una cosa corporal o incorporal.
- La cosa debe existir al tiempo del contrato, o al menos al tiempo en que empiecen a correr los riesgos
- La cosa debe ser tasable en dinero
- La cosa debe ser objeto de una estipulación lícita
- La cosa debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado.
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Como ya sabemos, una moto, ciclomotor o quad es también un bien susceptible de ser asegurado. A pesar de esto, es recién en estos últimos años que las compañías de seguro han incrementado de forma limitada los servicios para los usuarios de estos vehículos.
Podemos encontrar en el mercado básicamente dos tipos de seguro de moto.
Seguro a Terceros.
Como en el caso de los coches, toda moto, ciclomotor o quad debe poseer por ley la cobertura Responsabilidad Civil Obligatoria, la cual cubre al asegurado ante los daños que este puede producir a terceros.
La realidad es que ninguna compañía de seguros ofrece esta cobertura de manera aislada. Usualmente se incluye también:
Defensa Jurídica. Se encarga de cubrir al asegurado por cualquier gasto que pueda surgir a raíz de un Juicio.
Asistencia en Viaje, Esta cobertura ofrece asistencia inmediata en caso de que la moto, ciclomotor o quad sufra una avería o siniestro durante un viaje.
Estas son las coberturas habitualmente ofrecidas por las aseguradoras, pero cada una posee un criterio distinto y pueden variar de compañía en compañía.
Si usted desea contratar solamente la cobertura obligatoria, el único ente que la ofrece de manera aislada es el Consorcio de Compensación de Seguros, por ende usted deberá dirigirse directamente a ellos www.consorseguros.es. El precio de esta cobertura oscila entre 340 euros y 730 euros dependiendo de la cilindrada de la moto en cuestión.
Seguro a Todo Riesgo.
Es importante destacar que hoy día muy pocas compañías ofrecen Seguro a Todo Riesgo para Motos y cuando lo hacen, el precio de la prima es muy elevado.
Este seguro no es mas que la suma de coberturas incluidas en seguros a terceros, mas daños propios.
El seguro a Todo Riesgo cubre no solo los daños materiales o personales que el asegurado pueda ocasionar a un tercero, si no también la moto, ciclomotor o quad del usuario estará cubierta en el caso de ser parte de un accidente y que el asegurado tenga responsabilidad sobre el mismo.
Daños Propios.
Esta cobertura se responsabiliza de brindar una indemnización al usuario en el caso de que se produzcan daños a la moto, ciclomotor o quad, que no existan terceros culpables y que los daños del vehículo propio no puedan ser atribuidos a otra cobertura. Se deben cumplir estas tres condiciones para que la compañía aseguradora se haga cargo de pagar dicha indemnización.
Las aseguradoras pueden hacerse cargo de pagar daños producidos a los accesorios de serio, daños a los accesorios no de serio o destrucción total. Todo depende de lo que este escrito en la letra pequeña de su póliza.
Daños en los Accesorios de Serie.
Los accesorios de serie son aquellos que vienen de fabrica con la Moto. Como por ejemplo un intermitente, un espejo, etc,.
Usualmente en estos casos las aseguradoras indemnizan a valor de nuevo, independientemente de la antigüedad de la Moto. A si mismo la mayoría de las compañías tratan determinadas piezas en forma particular. Por ejemplo las Ruedas, muchas empresas consideran que los neumáticos en el momento del accidente, ya poseían un desgaste, por ende pagan solo parte de los mismos.
Daños en los accesorios NO de Serie.
Estos son los accesorios por los que el usuario paga una suma extra en el momento de comprar la moto o los instala posteriormente.
En este caso el usuario debe añadir en las condiciones particulares de su póliza el accesorio y detalles del mismo para que la compañía se haga cargo de la indemnización. Caso contrario la aseguradora No pagara nada.
Destrucción Total
En el caso de que la moto, ciclomotor o quad quede dañada totalmente y tenga menos de un año las compañías mas reconocidas indemnizan por valor a nuevo. Cuando el vehículo supera el año por lo general las aseguradoras cubren el valor venal. En cualquiera de los casos, se recomienda siempre leer las condiciones particulares de la póliza, ya que hay compañías que indemnizan por el valor venal de la moto desde el día uno.
¿Es conveniente contratar el seguro a todo riesgo para la Moto?
Como ya dijimos en el comienzo de la pagina, este es un seguro excesivamente caro para el beneficio que pueda sacar el usuario en caso de siniestro. Y la realidad es que no cubre absolutamente todos los riesgos del vehículo. Usted deberá leer la letra pequeña de su póliza para averiguar que es lo que tiene exactamente cubierto con su seguro a todo riesgo.
Otro problema que tiene este tipo de seguro es que muy pocas compañías lo ofrecen para moto, ciclomotor o quad.
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